Fue erigido en el 1996 como Tribunal Metropolitano. En dicho tribunal se dirimen causas penales y matrimoniales. Nuestro Tribunal Metropolitano es Tribunal de Segunda Insancia del Tribunal Interdiocesano de Ponce y Mayagüez, del Diocesano de Caguas y del Diocesano de Arecibo.
Jesucristo, al fundar la Iglesia, le asignó una triple misión: enseñar, santificar y regir. La potestad judicial, por tanto, forma parte de la misión rectora de la Iglesia. La potestad de juzgar (al igual que la de legislar y gobernar administrativamente) las controversias que surjan al interno de la Iglesia corresponde a la autoridad eclesiástica. Esta potestad descansa, para toda la Iglesia, en el Romano Pontífice y para cada diócesis, en el obispo diocesano, los cuales generalmente la ejercitan a través de sus jueces y tribunales, que actúan con potestad vicaria o delegada.
La existencia, por tanto, de derechos y los relativos deberes en la Iglesia implica la posibilidad de hacerlos valer en el caso en que éste entienda hayan sido injustamente lesionados o puestos en discusión; a través de un proceso en el cual se definan, se esclarezcan y se establezcan por la autoridad no sólo los derechos y los deberes mismos, sino también los hechos relacionados a ellos. La Iglesia tiene derecho de juzgar las causas que se refieren a las cosas espirituales y a las cosas que son anejas a las espirituales, no digamos ya a las violaciones de las misma leyes de la Iglesia en orden a imponer penas eclesiásticas (c.1401).